El Movimiento por Nuestros Hijos manifestó su rechazo y preocupación ante el Memorando No. 02-2026 emitido en el ámbito del Poder Judicial, mediante el cual se instruye a jueces, juezas y dependencias administrativas a incorporar información relacionada con la denominada “identidad de género autopercibida” dentro de actuaciones y sistemas de registro institucional.
La organización, a través de un pronunciamiento público, señaló que la disposición genera dudas en el plano jurídico, institucional y social, al considerar que introduce conceptos que —según su postura— no han sido desarrollados de manera expresa en la legislación vigente aprobada por el Congreso Nacional.
De acuerdo con el comunicado, el movimiento sostiene que cualquier modificación vinculada a la identidad legal de las personas, así como a los registros públicos del Estado, debe ser debatida y aprobada por el órgano legislativo correspondiente, en apego al principio de legalidad establecido en la Constitución de la República.
Asimismo, la agrupación advirtió que el contenido del memorando podría tener implicaciones más amplias fuera del ámbito estrictamente judicial, expresando preocupación sobre la posibilidad de que criterios similares puedan extenderse a otras instituciones del sector público.
En su pronunciamiento, el Movimiento por Nuestros Hijos también hizo referencia a los artículos 303 y 304 de la Constitución de la República, los cuales establecen las funciones del Poder Judicial, argumentando que cualquier cambio sustancial en temas relacionados con el estado civil o la identidad legal de las personas debe seguir los procedimientos legislativos correspondientes.
Hasta el momento, la organización ha solicitado una revisión del contenido del memorando y ha reiterado su posición de que este tipo de decisiones deben ser discutidas en los espacios institucionales establecidos por la ley, con participación de los órganos competentes.
El caso ha generado debate en distintos sectores, mientras se espera una posible aclaración o pronunciamiento oficial por parte de las autoridades del Poder Judicial respecto al alcance y aplicación del memorando.
