El Congreso Nacional aprobó reformas a la Ley del Registro Nacional de las Personas (RNP) con el objetivo de ampliar los mecanismos de identificación de menores de edad y facilitar el registro de defunciones de hondureños fallecidos fuera del país.
Uno de los principales cambios establece que los niños y adolescentes entre 6 y 17 años deberán contar con un documento oficial de identificación, único, personal e intransferible, que les permitirá acreditar su identidad ante instituciones públicas y privadas.
Durante la discusión del proyecto, la diputada que presentó la iniciativa destacó que la medida busca garantizar un registro más completo de la población infantil y adolescente, facilitando el acceso a servicios y la protección de sus derechos.
Las reformas también contemplan modificaciones relacionadas con la entrega del Documento Nacional de Identificación (DNI), permitiendo que una persona con representación legal pueda retirarlo en nombre del titular cuando corresponda.
Además, el Congreso aprobó la incorporación del artículo 72 A, que establece un procedimiento para inscribir las defunciones de ciudadanos hondureños ocurridas en el extranjero mediante las representaciones diplomáticas y consulares.
Con esta modificación, los consulados podrán recibir los registros de defunción y remitir las certificaciones al RNP para su incorporación al registro civil del municipio de origen del fallecido, una medida que busca facilitar los trámites para las familias hondureñas en el exterior.
